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Definición de Dinero en Fideicomiso
escrow El dinero en fideicomiso es el dinero que pertenece a otros recibido por un corredor actuando como agente, o mantenido como custodio temporal de fondos ajenos. Ejemplos comunes: depósitos de garantía, pagos iniciales, depósitos de seguridad de inquilinos, rentas, cuotas/gravámenes de HOA y dinero de liquidación final. Para alquileres a corto plazo también incluye depósitos de reserva anticipada e impuestos sobre ventas en ingresos brutos.
Reglas clave
- ✓El dinero en fideicomiso es dinero que pertenece a otros mantenido por un corredor
- ✓Incluye dinero de garantía, pagos iniciales, depósitos de seguridad, rentas, cuotas de HOA y dinero de liquidación
- ✓Los alquileres a corto plazo incluyen depósitos de reserva anticipada e impuestos sobre ventas
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Características y requisitos de la cuenta de fideicomiso o depósito en garantía
escrow Una cuenta de fideicomiso/depósito en garantía debe contener únicamente dinero ajeno (separado), ser fiduciaria (solo el corredor/designado tiene control de desembolsos) y estar disponible a la demanda. Debe ser una cuenta de depósito a la vista en una institución asegurada por el gobierno federal que opera legalmente en Carolina del Norte y se compromete a poner registros a disposición de la Comisión. El banco puede ubicarse fuera de Carolina del Norte si se cumplen estas condiciones.
Reglas clave
- ✓La cuenta debe ser separada, fiduciaria y disponible a la demanda
- ✓Debe ser una cuenta de depósito a la vista en una institución asegurada por el gobierno federal
- ✓La institución debe comprometerse a poner registros a disposición de la Comisión
- ✓Puede ubicarse fuera de Carolina del Norte si se cumplen todas las condiciones
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Designación de cuenta y seguro FDIC
escrow El BIC debe asegurar que el banco designe la cuenta y que «cuenta fiduciaria» o «cuenta de depósito en garantía» aparezca en tarjetas de firma, estados de cuenta, boletas de depósito y cheques. La designación adecuada protege los fondos de ser congelados/embargados y proporciona seguro FDIC hasta $250,000 por individuo para el cual se mantienen los fondos. La falta de designación puede permitir embargo o negar cobertura FDIC.
Reglas clave
- ✓Las palabras «cuenta fiduciaria»/«cuenta de depósito en garantía» deben aparecer en todos los documentos de cuenta
- ✓La designación adecuada protege los fondos del congelamiento y embargo
- ✓FDIC asegura hasta $250,000 por propietario individual de fondos
- ✓La falta de designación puede resultar en embargo o cobertura FDIC denegada
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Prohibición de Mezcla de Fondos
escrow G.S. 93A-6(a)(12) prohíbe que un corredor mezcle sus propios fondos/bienes con los de otros. Un corredor no puede mantener fondos de terceros en una cuenta personal o comercial, ni depositar fondos personales en la cuenta fiduciaria (excepto por cargos bancarios permitidos). Un corredor con interés de propiedad en una propiedad no puede depositar fondos relacionados con esa propiedad en la cuenta fiduciaria de la correduría.
Reglas clave
- ✓No puede mezclar fondos personales o comerciales con fondos de terceros
- ✓No puede depositar fondos personales en la cuenta fiduciaria excepto por cargos bancarios
- ✓Los fondos relacionados con propiedades de propiedad del corredor no pueden depositarse en la cuenta fiduciaria de la correduría
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Responsabilidad del BIC para Cuentas Fiduciarias
escrow La Regla A.0117 requiere registros completos de depósitos, mantenimiento y retiros del dinero de otros; la Comisión puede inspeccionar sin previo aviso. La Regla A.0110(g)(4) hace que el BIC sea responsable del mantenimiento apropiado de cuentas fiduciarias y registros. Un BIC puede delegar la grabación/depósito al personal de oficina pero sigue siendo responsable; el acceso debe estar limitado y controlado.
Reglas clave
- ✓El corredor debe mantener registros completos de la cuenta fiduciaria
- ✓La Comisión puede inspeccionar registros fiduciarios sin previo aviso
- ✓El BIC es responsable del mantenimiento apropiado de cuentas fiduciarias
- ✓El BIC sigue siendo responsable incluso cuando delega al personal de oficina
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Desembolso del Dinero en Depósito
escrow La Regla A.0116(e) permite que un BIC transfiera el dinero en depósito al abogado de cierre/agente de liquidación no más de 10 días antes de la fecha de cierre prevista. El dinero en depósito no puede ser desembolsado antes del cierre para ningún otro propósito sin consentimiento escrito de las partes (por ejemplo, no se puede pagar inspecciones sin consentimiento escrito).
Reglas clave
- ✓El dinero en depósito puede ser transferido al abogado de cierre hasta 10 días antes del cierre
- ✓Ningún desembolso antes del cierre para otros propósitos sin consentimiento escrito de las partes
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Plazos para el manejo de fondos en depósito en garantía
escrow Regla general: todos los fondos en depósito en garantía deben depositarse dentro de tres días bancarios de su recepción. Excepción: el dinero de garantía con ofertas y los depósitos de seguridad del inquilino con arrendamientos deben depositarse dentro de tres días bancarios de la aceptación de la oferta/arrendamiento - a menos que se entreguen en efectivo, que debe depositarse dentro de tres días bancarios de su recepción incluso sin aceptación.
Reglas clave
- ✓Regla general: depositar fondos en depósito en garantía dentro de tres días bancarios de su recepción
- ✓Dinero de garantía/depósitos de seguridad: depositar dentro de tres días bancarios de la aceptación
- ✓Los depósitos en efectivo deben depositarse dentro de tres días bancarios de su recepción independientemente de la aceptación
- ✓Un corredor puede optar por depositar cheques inmediatamente a menos que se le indique lo contrario
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Cuándo se requiere una cuenta fiduciaria / Número de cuentas
escrow Un corredor debe abrir/mantener una cuenta fiduciaria cuando el corredor o un agente afiliado toma posesión de fondos fiduciarios. Los corredores inactivos o los que no manejan fondos ajenos no necesitan ninguno. Generalmente solo se requiere una cuenta fiduciaria; los fondos de HOA/POA requieren una cuenta separada para cada asociación. Un corredor que alquila su propia propiedad residencial puede necesitar una cuenta bajo G.S. 42-50.
Reglas clave
- ✓Se requiere cuenta cuando el corredor o afiliado toma posesión de fondos fiduciarios
- ✓Generalmente se requiere solo una cuenta para un corredor que mantiene fondos fiduciarios
- ✓Se requiere una cuenta separada para cada HOA/POA administrado
- ✓Los propietarios que alquilan su propia propiedad residencial pueden necesitar una cuenta bajo G.S. 42-50
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Cargos por servicios bancarios en cuentas de fideicomiso
escrow Los corredores deben hacer que el banco les cobre a ellos o que cobre a las cuentas personales/operativas. Si no es posible, un corredor puede depositar hasta $100 de fondos personales (u otra cantidad requerida) para cubrir (no evitar) los cargos — por ejemplo, $200 si los cargos son $100 mensuales. Estos fondos personales deben registrarse mediante un libro de contabilidad de fondos personales. Esta es una mezcla de fondos permitida para evitar usar dinero de terceros para los cargos bancarios.
Reglas clave
- ✓Se pueden mantener hasta $100 de fondos personales para cubrir cargos bancarios
- ✓Los fondos personales deben identificarse en un libro de contabilidad de fondos personales
- ✓Esta es una mezcla de fondos permitida para evitar usar dinero de terceros para los cargos
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Cuentas de Depósito en Garantía que Devengan Intereses
escrow Un corredor puede depositar dinero de depósito en garantía en una cuenta que devenga intereses solo después de obtener autorización escrita de todas las partes interesadas en los fondos, especificando cómo y a quién se pagan los intereses. Si la autorización consta en un documento de transacción, debe ser conspicua. Las cuentas de depósito en garantía deben permanecer como cuentas a la vista — sin inversiones en valores, bonos o certificados de depósito a plazo fijo.
Reglas clave
- ✓Requiere autorización escrita de todas las partes interesadas
- ✓La autorización debe especificar cómo y a quién se pagan los intereses
- ✓Las cuentas de depósito en garantía deben permanecer como cuentas a la vista — sin bonos/certificados de depósito/valores
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Fondos Fiduciarios en Disputa
escrow Regla A.0116(d): En caso de disputa sobre devolución o confiscación de cualquier depósito (que no sea un depósito de seguridad de inquilino residencial), el corredor debe mantener el depósito en fideicomiso hasta obtener una liberación escrita de las partes u una orden judicial para su desembolso. G.S. 93A-12 proporciona procedimientos para depositar fondos en disputa con el Secretario del Tribunal.
Reglas clave
- ✓Retener los depósitos en disputa en fideicomiso hasta liberación escrita u orden judicial
- ✓Se aplica a depósitos que no sean depósitos de seguridad de inquilinos residenciales
- ✓G.S. 93A-12 permite depositar fondos en disputa con el Secretario del Tribunal
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Recepción de Fondos en Depósito por Corredor Provisional
escrow Un corredor provisional debe entregar inmediatamente todos los fondos en depósito a su corredor a cargo y no puede retenerlos más tiempo que el absolutamente necesario. Los fondos en depósito recibidos por un corredor comercial limitado no residente deben ser entregados inmediatamente al corredor residente afiliado de Carolina del Norte. Los corredores a cargo deben tener procedimientos escritos para el manejo de fondos en depósito.
Reglas clave
- ✓Los corredores provisionales deben entregar inmediatamente los fondos en depósito a su corredor a cargo
- ✓Los corredores provisionales no pueden retener fondos en depósito más tiempo que el necesario
- ✓Los corredores comerciales limitados no residentes entregan fondos al corredor residente afiliado de Carolina del Norte
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Manejo de dinero de opción y tarifa de diligencia debida
escrow La Regla A.0116(b)(4) permite que un corredor acepte la custodia de un cheque o instrumento negociable a nombre del vendedor para una opción o tarifa de diligencia debida, pero solo para entregarlo al vendedor. Mientras está bajo su custodia, el corredor debe, según las instrucciones del comprador, entregarlo al vendedor o devolverlo al comprador, y debe salvaguardar el instrumento.
Reglas clave
- ✓El corredor solo puede retener un cheque a nombre del vendedor para entregarlo al vendedor
- ✓Debe seguir las instrucciones del comprador para entregar o devolver el instrumento
- ✓El corredor es responsable de la entrega segura del instrumento